Resumen del Artículo Disposición transitoria décima

Artículo Disposición transitoria décima del Código Civil de Cataluña - Libro V (Derechos reales) (CCCat-L5) — Disposición transitoria décima. Derechos de aprovechamiento parcial. Los derechos de aprovechamiento parcial existentes en el momento de la entrada en vigor del presente libro se rigen por las normas del mismo. Sin embargo, el plazo de redención establecido por el artículo 563-3…

CCCat-L5VigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo Disposición transitoria décimaDisposición transitoria décima

Disposición transitoria décima. Derechos de aprovechamiento parcial.

Los derechos de aprovechamiento parcial existentes en el momento de la entrada en vigor del presente libro se rigen por las normas del mismo. Sin embargo, el plazo de redención establecido por el artículo 563-3 se cuenta a partir de dicha entrada en vigor.

Norma publicada: 10 de mayo de 2006

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición transitoria décima

¿Qué dice el Artículo Disposición transitoria décima del CCCat-L5?

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¿El Artículo Disposición transitoria décima del CCCat-L5 está vigente?

El artículo Disposición transitoria décima del CCCat-L5 está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo Disposición transitoria décima dentro del CCCat-L5?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO IX › Subsección segunda.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición transitoria décima?

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